Conceptualización

Asociaciones de Mayores:  aquellas entidades formadas exclusivamente por personas mayores, legalmente constituidas, debidamente inscritas en el registro administrativo correspondiente, que carezcan de ánimo de lucro y hayan sido creadas con carácter estable para la realización de fines específicos y actividades concretas, relacionados con los intereses propios de las personas mayores, según el Real Decreto 117/2005, de 4 de febrero, por el que se regula el Consejo Estatal de las Personas Mayores.

El Ministerio del Interior en su registro engloba las asociaciones de personas mayores junto con las organizaciones de infancia, jóvenes, familia y bienestar, agrupandolas en un mismo grupo, el número III según su estructura.

Las Comunidades Autónomas tienen cada una su propia clasificación, siendo esta principalmente “personas mayores” (Galicia, Comunidad Foral de Navarra, Comunidad de Madrid, La Rioja) y “tercera edad” (Aragón, Canarias, País Vasco y Comunidad Valenciana). Otras clasificaciones són “tercera edad / pensionistas (Murcia), “tercera edad, jubilados y pensionistas” (Castilla La Mancha), “tercera edad / jubilados” (Cataluña). 

En el caso de Extremadura y Principado de Asturias la clasificación es más amplia “infancia, jóvenes, personas mayores, familia y bienestar”, de las cuales se han seleccionado las asociaciones según los nombres, haciendo selección de palabras clave: “tercera edad”, “mayores”, “jubilados” y “pensionistas”. Las comunidades de Cantabria, Andalucía, Baleares y Castilla y León no tienen clasificación y se han aplicado los mismos criterios de selección que en Extremadura y el Principado de Asturias. 

Territorio urbano y territorio rural: La tipología utilizada para la delimitación de dichas áreas (rural/urbana) es la recogida en la Ley 45/2007, de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, la cual clasifica un municipio como rural si tiene menos de 30.000 habitantes y menos de 100 habitantes por km2. El territorio urbano corresponde a municipios de 30.000 o más habitantes y una densidad de población igual o superior a 100 habitantes por km2. 

Participación en asociaciones: Actividades que se realizan en el tiempo libre en colaboración con asociaciones

Voluntariado a través de organizaciones: actividades realizadas de forma voluntaria dentro de organizaciones, generalmente vinculadas a través del plan de voluntariado de la entidad, como marca la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado y el contexto en el que debe canalizarse la acción voluntaria.

Voluntariado al margen de organizaciones: las actividades realizadas fuera de un contexto organizativo y que tienden a realizarse de forma individual. Entre las actividades voluntarias informales figuran cocinar para otras personas; cuidar de personas en hospitales o a domicilio; salir a pasear con personas, comprar, etc. Queda excluida cualquier actividad que realice un entrevistado para su hogar, en su trabajo o en organizaciones voluntarias

Participación en partidos políticos: el INE no especifica en la metodología la conceptualización del concepto, aunque se ejemplifica indicando actividades tales como una manifestación. 

Espectáculos: el INE no especifica en la metodología la lista de espectáculos a los que se refiere, aunque se ejemplifica indicando espectáculos culturales en directo como obras de teatro, conciertos, etc.

Lugares de interés: el INE no especifica en la metodología la lista de lugares de interés a los que se refiere, aunque se ejemplifica indicando lugares de interés cultural tales como monumentos históricos, museos, etc.

Acontecimientos deportivos: acontecimientos deportivos en directo, con independencia del lugar de celebración y del carácter profesional o aficionado de estas actividades. En el caso de acontecimientos deportivos o espectáculos en directo, la participación sólo se refiere al espectador.